Sin categoría

Tribunal negó apelación al ‘habeas corpus’ correctivo en favor de Jorge Glas

Los jueces de la Sala de Apelación de la Sala Especializada de lo Laboral de la Corte del Guayas resolvieron negar la apelación presentada dentro del habeas corpuscorrectivo en favor del exvicepresidente Jorge Glas. El tribunal estuvo compuesto por los jueces Jorge Alejandro Lindao, Nancy Vera y Carlos Pinto.

En el fallo, los magistrados exponen que la parte accionante, accionó el habeas corpuscorrectivo, con la finalidad de que se disponga como medida de reparación que Glas sea trasladado al domicilio de su madre y que en su escrito de desistimiento lo hicieron de una solicitud de traslado a la Cárcel 4 de Quito, que no se encuentra incorporada en la demanda inicial.

“Este petitorio resulta inoficioso, ya que como se ha manifestado en líneas anteriores el traslado a la Cárcel 4 de Quito no ha sido solicitado en la demanda y mucho menos ha sido una pretensión”, refiere el texto.

En tanto, el viernes 23 de agosto pasado, en Guayaquil, se dio la diligencia en la que se escucharon los argumentos que mantiene la defensa de Glas para pretender que se le defina una medida alternativa a la prisión que mantiene y así pueda salir de La Roca para hacerse atender de sus dolencias físicas y psicológicas.

Andrés Villegas, abogado del correísta sentenciado por asociación ilícita, en el caso Odebrecht, y cohecho, en el caso Sobornos 2012-2016, aseguró que en la cárcel en la que está su cliente no se le estarían dando los cuidados médicos ni existirían los especialistas adecuados para las dolencias preexistentes de Glas. Por ello se solicitó la entrega de una medida cautelar, como el arresto domiciliario, o que se contemple el traslado a la denominada Cárcel 4, ubicada en el norte de la capital.

Durante la diligencia, el juez Lindao aclaró que esta audiencia no es vinculante, pues la norma establecería que las acciones constitucionales que vienen por apelación, como en este caso, se deben resolver en mérito de los autos y sin mediar audiencia.

A finales de junio, el juez Patricio Vidal, de la Unidad Judicial Especializada en Garantías Penitenciarias de Guayaquil, en primera instancia decidió negar el habeas corpussolicitado. Esa resolución fue apelada por la defensa de Glas.

Katherine Mazón, abogada del Servicio Nacional de Atención a Personas Privadas de la Libertad (SNAI), en la audiencia de apelación defendió el fallo de primera instancia que negó el habeas corpus y aseguró que la cifra de atenciones médicas para Jorge Glas alcanzarían las 99, entre abril y agosto pasados.

La representante del SNAI sostuvo que la defensa de Glas estaba desnaturalizando el objetivo del habeas corpus, ya que mediante una acción constitucional se estaría buscando que se reforme una orden de prisión dictada por un juez penal, se defina en su lugar una medida alternativa, como arresto domiciliario, y que se lo cambie de la cárcel La Roca, en Guayaquil, a la Cárcel 4, en Quito, potestad propia del SNAI.


Glas participó vía telemática en la audiencia de apelación y dijo que dado que el Ministerio de Salud Pública (MSP) “por decisiones políticas del Gobierno no lo atiende”, la única alternativa que ve viable es que se le conceda una medida sustitutiva a la prisión preventiva, para que en libertad se atienda con sus médicos privados en psiquiatría, psicología y en otras especialidades. Plantea que el arresto domiciliario lo realice en la casa de su madre, ubicado en vía a la costa en Guayaquil

Related Posts

Leave A Reply

Your email address will not be published. Required fields are marked *